Hacienda no puede actuar contra los deudores sin resolver antes los recursos, dicta el Supremo
El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto que la Administración, cuando pende ante ella un recurso o impugnación administrativa, no puede dictar providencia de apremio sin resolver antes ese recurso de forma expresa. De esta forma, rechaza el silencio administrativo, práctica que califica de "aberrante" y defiende la utilidad de los recursos de reposición, determinando que es intolerable la concepción de que el recurso de reposición no tenga ninguna virtualidad ni eficacia favorable para el interesado.