El TJUE abre la posibilidad de reclamar la nulidad de los acuerdos en cláusula suelo
El TJUE entiende que la renuncia del consumidor a hacer valer la nulidad de una cláusula abusiva únicamente es válida si, en el momento de la renuncia, el consumidor era consciente del carácter no vinculante de esta cláusula y sus consecuencias y sólo en tal caso cabe considerar esa novación como un acto dimanante de un consentimiento libre e informado. Por ello, el TJUE abre la posibilidad de reclamar la nulidad de estos acuerdos en cláusula suelo.
